Sentencia N° 358 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de agosto de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 358, Exp. 24-014, 13/08/2025
Expediente24-014
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-08-13
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social, declara perecido el recurso de casación interpuesto por la parte actora, ROXSANNA MARIEM OLIVEROS ZAMBRANO, contra la sentencia dictada el 22 de noviembre de 2023 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. La decisión se basa en que el recurso fue formalizado extemporáneamente, fuera del lapso legal establecido para su presentación.
Se establece que el lapso para formalizar el recurso de casación comenzó a contarse el 30 de noviembre de 2023 y precluyó el 22 de diciembre de 2023. La parte demandante no cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo que llevó a la declaración de la caducidad del recurso.
Finalmente, se condena en costas a la demandante recurrente y se ordena la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la misma circunscripción judicial.
Extracto de la motiva
En este sentido, se verifica que el recurso de casación fue anunciado oportunamente por la parte demandante, no obstante, fue formalizado extemporáneamente por tardío, es decir, el 12 de enero de 2024. Asimismo, de la lectura de la diligencia consignada en fecha 29 de noviembre de 2023 (folios 29 y 30 de la segunda pieza), en la cual se anuncia el recurso, no se observa que la parte accionante haya esgrimido los fundamentos del recurso, circunstancia que habría obligado a la Sala a conocer de éstos, toda vez que se consideraría como una fundamentación anticipada, conforme al criterio establecido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, en sentencia Nro. 1350 del 5 de agosto de 2011 (caso: Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A.). Sobre la base de lo antes expuesto, al no haberse consignado el escrito de formalización dentro del lapso de ley, esta Sala de Casación Social declara perecido el recurso de casación anunciado por la parte demandante, de conformidad con lo previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
Dispositiva
Declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte actora, ciudadana ROXSANNA MARIEM OLIVEROS ZAMBRANO, contra la sentencia dictada el 22 de noviembre de 2023, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con sede en San Carlos. Se condena en costas del recurso a la demandante recurrente.