Sentencia N° 353 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0353, Exp. 14-1612, 28/05/2015
Expediente14-1612
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-05-28
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de mayo de 2015, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, Otulio Samuel Lemus Pérez, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Portuguesa. El recurso fue considerado excepcional y se determinó que no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que la decisión impugnada no modificó los términos de la sentencia definitiva anterior.
La Sala argumentó que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional que debe cumplir con requisitos específicos, y en este caso, la decisión recurrida no violó el orden público laboral ni afectó derechos fundamentales. Se enfatizó que la modificación de sentencias firmes debe ser tratada con cautela, y que el recurso no era procedente en este contexto.
Finalmente, se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Superior de origen, sin condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social, revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad, es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la ley adjetiva laboral, reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Asimismo, es oportuno señalar, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia publicada el 4 de noviembre 2014, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Palabras clave
control de la legalidadejecución de sentenciacosa juzgadajurisprudenciaderecho laboral