Sentencia N° 351 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de marzo de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0351, Exp. 11-304, 31/03/2011
Expediente11-304
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-03-31
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por LUIS ANTONIO MARTÍNEZ RAUSEO contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Monagas. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral, por lo que el recurso no cumplía con los requisitos necesarios para su admisibilidad. Se destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional de impugnación que debe cumplir con requisitos específicos, tales como la oportunidad de interposición y la extensión del escrito. En este caso, se concluyó que el recurrente no cumplió con las exigencias establecidas, lo que llevó a la declaración de inadmisibilidad del recurso. Finalmente, se ordenó la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Monagas para los fines legales correspondientes.

Extracto de la motiva

El recurrente aduce, que la sentencia recurrida incurrió en la infracción del artículo 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, así como en la infracción de los artículos 49 en su ordinal 3º y 26 de la Constitución Nacional. En este sentido, alega que las infracciones delatadas se materializaron cuando la recurrida “se parcializó con la parte demandada”, supliendo defensas y argumentos de hecho no alegados por ésta, incurriendo además en el vicio de inmotivación, al establecer que el trabajador debía interponer previamente por ante la inspectoría del trabajo correspondiente, las reclamaciones que considerara pertinentes, inclusive las concernientes a las indemnizaciones por “hernias umbilicales e inguinales”. Asimismo, alega que el ad-quem también incurrió en las infracciones ut supra señaladas, cuando “salió” del límite de la apelación, al ignorar los argumentados esgrimidos por el actor en la audiencia de apelación, en el sentido de que “el juez de primera instancia se había equivocado al declarar como indemnizada la hernia discal”. Pues bien, en virtud de lo precedentemente expuesto, y efectuado el análisis del fallo impugnado, así como de las actas que conforman el expediente, considera este alto Tribunal que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho, pues no vulnera normas de orden público laboral, por lo que resulta innecesario desplegar la actividad jurisdiccional para el conocimiento del presente recurso de control de la legalidad, al no ajustarse la pretensión a los fines de este medio excepcional de impugnación.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 08 de febrero del año 2011 emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, a los fines legales consiguientes.

Palabras clave

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