Sentencia N° 350 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de septiembre de 2026

TSJ/SCS, Sent. N° 350, Exp. 26-014, 21/09/2026
Expediente26-014
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2026-09-21
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado por la parte demandante, Maribel Barrientos Pulido, contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto Agrario de Barinas. La decisión se basa en la falta de formalización del recurso dentro del lapso establecido por la ley, a pesar de que fue anunciado oportunamente. Se resalta que el recurso no cumplió con los requisitos exigidos para su formalización, lo que llevó a la Sala a aplicar supletoriamente el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

Extracto de la motiva

En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandante, ciudadana MARIBEL BARRIENTOS PULIDO, contra la sentencia dictada el 19 de noviembre de 2025, por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, con sede en Barinas. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

Dispositiva

En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandante, ciudadana MARIBEL BARRIENTOS PULIDO, contra la sentencia dictada el 19 de noviembre de 2025, por el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, con sede en Barinas. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.

Palabras clave

recurso de casacionperecimientomateria agrariaformalizacionLey de TierrasCódigo de Procedimiento CivilJuzgado Superior AgrarioBarinas

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