Sentencia N° 350 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de marzo de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0350, Exp. 11-298, 31/03/2011
Expediente11-298
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-03-31
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Alberto Suárez Rivero Scaparone contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y concluyó que la sentencia recurrida no vulnera normas de orden público laboral, por lo que no era necesario conocer del recurso. Se declaró inadmisible el recurso presentado.
Extracto de la motiva
El recurrente denuncia, que la sentencia de alzada infringió flagrantemente, los artículos 49, 86 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como los artículos 1, 2, 5, 6, 9, 10, 11 y 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este sentido, aduce que las infracciones delatadas se materializaron cuando la recurrida desechó del debate probatorio, las pruebas documentales promovidas en su oportunidad tanto por la parte actora, como por la demandada, contentivas del contrato individual de trabajo, la carta de despido, la constancia de trabajo y la certificación de búsqueda de empleo, con las cuales -a decir del recurrente- se demostraba que la empresa demandada entregó al actor tardíamente, los recaudos necesarios que debían ser luego introducidos por ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a efectos de que le fuera otorgado al trabajador las indemnizaciones por la pérdida involuntaria del empleo. Asimismo, el recurrente aduce que el fallo impugnado, incurrió en la infracción de la doctrina reiterada de la Sala de Casación Social, contenida en las siguientes sentencias: Nº 665 de fecha 17 de junio del año 2004; Nº 226 de fecha 11 de marzo del año 2004; Nº 976 de fecha 12 de agosto del año 2004; Nº 15 de marzo del año 2000; Nº 137 de fecha 09 de marzo del año 2004; Nº 72 de fecha 03 de enero del año 2001; Nº 429 de fecha 25 de octubre del año 2000; Nº 15 de fecha 01 de febrero del año 2005; Nº 424 de fecha 10 de mayo del año 2005 y Nº 898 de fecha 13 de mayo del año 2002.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 31 de enero del año 2011 emanada del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciaorden públicorecursoimpugnación