Sentencia N° 35 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de enero de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0035, Exp. 13-1666, 23/01/2014
Expediente13-1666
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2014-01-23
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia de alzada. La parte recurrente alegó violaciones de normas de orden público y errores en la valoración de pruebas. Sin embargo, la Sala determinó que la pretensión no se ajustaba a los fines del recurso, lo que llevó a declarar su inadmisibilidad.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad de dicho recurso. Además, la admisión del recurso in commento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto mediante escrito, cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida norma establece para su interposición, el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. Adicionalmente, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público. En tal sentido, debe entenderse que dichos quebrantamientos o amenazas afectan gravemente las instituciones fundamentales del Derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles, irrenunciables, o reglas adjetivas que menoscaben el derecho al debido proceso y a la defensa, este último supuesto, en atención a lo preceptuado en el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece la obligación de todos los jueces de la República de asegurar la integridad del orden constitucional.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad de comercio Ashervi Compañía Anónima de Venezuela, Ashervica de Venezuela, contra la sentencia publicada el 30 de octubre del año 2013, por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.

Palabras clave

recursotrabajolegalidadprestacionesdebido_procesoconstitucion

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca