Sentencia N° 348 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de mayo de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 348, Exp. 03-308, 15/05/2003
Expediente03-308
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2003-05-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de mayo de 2003, declaró inadmisible el recurso de Control de la Legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de Zulia. La Sala argumentó que no se constató infracción o amenaza de violación de normas de orden público procesal o de la jurisprudencia reiterada. Se reafirmó que la admisibilidad de este recurso es excepcional y debe limitarse a situaciones que alteren la legalidad del proceso.

Extracto de la motiva

Para el caso bajo estudio, no constata la Sala infracción o amenaza de violación de normas que informan al orden público procesal o de la Jurisprudencia reiterada. De manera que, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad, propuesto por la parte accionada contra la decisión de fecha 13 de marzo de 2003, dictada por el Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de la Causa, o sea, el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen ya identificado.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadjurisprudenciaderecho laboralreenganchesalarios caídosorden públicodebido proceso

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