Sentencia N° 347 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 347, Exp. x-22-002, 09/08/2023
Expedientex-22-002
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2023-08-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia número 064, declara sin lugar la oposición a la medida cautelar innominada acordada el 15 de junio de 2022, que suspendía los efectos de una sentencia del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara. La decisión se fundamenta en la falta de elementos que justifiquen la revocación de la medida cautelar, asegurando el interés superior de la niña involucrada en el caso.
Se argumenta que la parte oponente no cumplió con la carga de prueba necesaria para demostrar la improcedencia de la medida cautelar, y se destaca que la Sala actuó conforme a los principios de protección de los derechos de los niños y adolescentes. La sentencia reafirma la importancia de garantizar el desarrollo integral de la infante, en consonancia con la legislación vigente.
Finalmente, se ordena la inmediata remisión del expediente completo relativo a la causa, reafirmando la autoridad del Tribunal Supremo de Justicia en la protección de los derechos de los menores.
Extracto de la motiva
(…) esta Sala de Casación Social en atención al Interés Superior del Niño, consagrado en los artículos 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 3 de la Convención Sobre Derecho del Niño, y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que conllevan a adoptar decisiones, cuya naturaleza jurídica corresponden a una garantía constitucional, orientadas a una doble finalidad: en primer lugar, asegurar el disfrute y ejercicio pleno y efectivo de los derechos humanos de este grupo etario y, en segundo término, favorecer su desarrollo evolutivo integral. Es por lo que, dadas las particularidades del caso concreto bajo análisis, en aras de salvaguardar el interés superior de la niña A.I.H.H. (cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) y como quiera existe un riesgo inminente que se menoscabe el derecho al sano desarrollo integral de la niña de marras, es por lo que se declara procedente la medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2021, por el Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 466-A eiusdem. Así se decide. En consonancia con lo anterior, encuentra esta Sala que la sentencia impugnada, en virtud de garantizar los derechos humanos contemplados en el artículo 19 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la tutela del Interés Superior del Niño, previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 466 parágrafo primero de la Ley especial antes desarrollado y la apreciación soberana de quien decide; esta Sala de Casación Social consideró la existencia de un riesgo inminente que menoscaba el derecho al sano desarrollo integral de la infante A.I.H.H. (cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por lo tanto declaró procedente la medida cautelar innominada de suspensión de efectos de la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2021, como medida de protección humanamente aceptable. Razón por la cual debe ser igualmente desestimada la presente delación. Así se decide.
Dispositiva
SIN LUGAR la oposición a la medida cautelar innominada acordada por esta Sala en sentencia número 064 del 15 de junio de 2022, en la cual se ordenó la suspensión de efectos de la sentencia dictada el 15 de junio de 2022, por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, así como la inmediata remisión del expediente completo relativo a la presente causa.
Palabras clave
interes superior del niñomedida cautelarderechos humanosprotección de niñossentenciajusticiaconstitución