Sentencia N° 346 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de mayo de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0346, Exp. 14-1552, 27/05/2015
Expediente14-1552
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-05-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre el recurso de nulidad interpuesto por INTERAMERICANA DE CABLES VENEZUELA, S.A. contra la certificación N° 120707 emitida por el INPSASEL, que determinó una enfermedad ocupacional en un trabajador. La Sala confirmó la decisión del Tribunal Superior Primero del Trabajo que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad, argumentando que la empresa tuvo la oportunidad de presentar pruebas y que la decisión del INPSASEL se basó en un procedimiento administrativo adecuado. La Sala analizó los alegatos de la parte recurrente, que incluían vicios de inmotivación, violación al debido proceso y falso supuesto. Sin embargo, concluyó que no existían fundamentos suficientes para anular la certificación, ya que se demostró que el procedimiento seguido por el INPSASEL cumplió con las normativas establecidas y que la empresa no presentó pruebas que desvirtuaran la validez de la certificación. Finalmente, la Sala declaró sin lugar el recurso de apelación, confirmando la decisión del Tribunal Superior y manteniendo firme el acto administrativo impugnado.

Extracto de la motiva

El punto medular de la presente apelación radica en determinar, si existen suficientes elementos probatorios que acarreen la nulidad de la certificación de enfermedad laboral emanada del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), en la que se determinó que el ciudadano Francisco Ramón Araujo padece de “Discopatia Lumbar: Prominencia del Anillo Fibroso L4-L5 y Hernia Discal L5-S1 (COD. CIE10-M51.8), Meniscopatia Bilateral (COD. CIE10-M23.3) y Síndrome de Hombro Doloroso Bilateral (COD. CIE10 M23.2), considerada como Enfermedad AGRAVADA POR EL TRABAJO que le ocasionan al trabajador una DISCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE”, para el trabajo que implique actividades de alta exigencia física. Vistos los términos en que fue dictado el fallo recurrido y los alegatos formulados por la parte apelante, se observa que se alegaron como sustento del recurso contencioso administrativo de nulidad los siguientes vicios: violación de la garantía constitucional a la presunción de inocencia; violación al debido proceso y falso supuesto. En el caso concreto, se evidencia que los alegatos en los cuales la parte recurrente fundamentó la interposición del recurso son los siguientes: “violación al debido proceso y derecho a la defensa”, en virtud de que la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo no prevé un procedimiento administrativo para dictar la certificación de enfermedad ocupacional; en consecuencia, aduce que la empresa fue privada de la oportunidad procesal para oponer alegatos y aportar pruebas en defensa de sus intereses.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil INTERAMERICANA DE CABLES VENEZUELA, S.A., contra la sentencia publicada el 13 de agosto de 2014 por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: Confirma la sentencia recurrida; TERCERO: Firme el acto administrativo.

Palabras clave

NulidadINPSASELEnfermedad ocupacionalContencioso administrativo

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