Sentencia N° 345 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de mayo de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 345, Exp. 02-660, 15/05/2003
Expediente02-660
PonenteFRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2003-05-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos Jesús Alfonso Díaz Torres y David Jesús Díaz Torres contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo Agrario, que había declarado sin lugar el interdicto restitutorio. La Sala anula el fallo recurrido y ordena que se reponga la causa al estado de que el juez competente dicte una nueva decisión corrigiendo el defecto de forma del fallo anterior. La decisión se fundamenta en la correcta interpretación de los artículos del Código Civil y de Procedimiento Civil aplicables al caso.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el recurrente delata la infracción del artículo 783 del Código Civil, por errónea interpretación. Se señala que la controversia no se centra en la prueba de la posesión, sino en el despojo. La Sala reitera que el artículo 783 establece que quien haya sido despojado de la posesión puede pedir su restitución, sin que se exija la prueba de la posesión. La Sala concluye que el sentenciador interpretó correctamente la normativa, desestimando la denuncia por improcedente.
Dispositiva
En virtud de todos los argumentos expuestos, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte querellante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo Agrario, de los Estado Aragua, Carabobo y Cojedes, con sede en la ciudad de San Carlos, en fecha 17 de octubre de 2002. En consecuencia, anula el fallo recurrido y repone la causa al estado de que el Juez Superior que resulte competente dicte nueva decisión corrigiendo el defecto de forma del que adolece el fallo.
Palabras clave
interdicto restitutoriodespojoposesiónCódigo Civilrecurso de casacióndefecto de formajusticia agraria