Sentencia N° 340 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de marzo de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0340, Exp. 11-317, 31/03/2011
Expediente11-317
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-03-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La decisión se basa en la falta de violación de normas de orden público, específicamente en relación a la exoneración de costas para la República y la realización de experticias. La Sala concluyó que no se incurrió en violaciones que alteraran el Estado de Derecho.
Extracto de la motiva
Denuncia el recurrente que la recurrida violó normas de orden público, concretamente, los artículos 65 y 76 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, que establece la exoneración de costas para la República, cuyo privilegio debe ser observado por los funcionarios judiciales, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, cuando se encuentren involucrados los derechos, bienes e intereses patrimoniales de la República. Expresa el recurrente que la recurrida ordenó realizar una experticia complementaria del fallo, para cuantificar los intereses de prestaciones sociales, y, señaló que dicha labor debía realizarla un funcionario público y que de no ser posible los honorarios del experto correrán por cuenta de la demandada. Alega el recurrente que al permitir el fallo la posibilidad de que el cálculo pueda ser efectuado por un experto particular generaría, en el profesional de libre ejercicio, el derecho a intimar el cobro de los honorarios profesionales, como consecuencia de la laboral encomendada, y ello vulneraría las normas de orden público denunciadas, toda vez que dicha tarea debe ser ejecutada por un funcionario público.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia publicada el 18 de enero de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.