Sentencia N° 34 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de enero de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0034, Exp. 10-1475, 27/01/2011
Expediente10-1475
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-01-27
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de Blanca Margarita Barroso Villalobos, contra la decisión del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que había declarado con lugar la solicitud de divorcio. La Sala argumenta que la formalización del recurso no fue presentada dentro del lapso legal establecido, lo que conlleva a la perención del mismo según lo dispuesto en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se enfatiza la importancia de cumplir con los requisitos formales para el ejercicio del recurso de casación.

Extracto de la motiva

(Omissis) La relevancia de la formalización del recurso de casación radica en la naturaleza jurídica del mismo, como un recurso extraordinario, lo que exige su fundamentación en los motivos establecidos de forma taxativa por la ley. De ahí que, ante la falta de consignación del escrito correspondiente, o bien ante su ineficacia, derivada del incumplimiento de las condiciones de modo, lugar y tiempo establecidas, el recurso debe declararse perimido, por expresa disposición legal. En el caso sub examine, una vez efectuado el cómputo del término de la distancia -ocho (8) días entre las ciudades de Maracaibo y Caracas- y el subsiguiente lapso de veinte (20) días para formalizar el recurso de casación, se concluye que éste venció el 15 de noviembre de 2010, tal como se desprende del cómputo realizado por la secretaría de esta Sala en fecha 14 de diciembre de 2010.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación ejercido por la representación judicial de la ciudadana Blanca Margarita Barroso Villalobos, contra la decisión publicada el 8 de octubre de 2010 por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. No hay condenatoria en costas.

Palabras clave

divorciocasaciónniñosadolescentesprocedimientoleyjusticia

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