Sentencia N° 34 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de febrero de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 34, Exp. 02-546, 06/02/2003
Expediente02-546
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-02-06
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Social declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia de agosto de 2002, debido a que no se formalizó dentro del lapso establecido. Se menciona que el recurso comenzó a contarse desde el anuncio y venció sin que se presentara el escrito correspondiente. La Sala no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha seis (06) de agosto del año 2002, emanada de la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, dictada en el juicio que por DIVORCIO, sigue el ciudadano GERARDO JOSÉ PEÑA RODRÍGUEZ contra la ciudadana MIRTHALA DIANORAK SALAZAR CARRERO.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha seis (06) de agosto del año 2002, emanada de la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, dictada en el juicio que por DIVORCIO, sigue el ciudadano GERARDO JOSÉ PEÑA RODRÍGUEZ contra la ciudadana MIRTHALA DIANORAK SALAZAR CARRERO. Se condena en costas a la parte recurrente.
Palabras clave
casaciondivorcioprocedimiento civilcostasrecursosentenciaproteccion del niñoarea metropolitana