Sentencia N° 339 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de marzo de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0339, Exp. 05-1251, 07/03/2006
Expediente05-1251
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoDesistido
Fecha de la decisión2006-03-07
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el control de la legalidad propuesto por la parte demandada en un juicio por Cobro de Diferencia del Programa Único Especial. Ambas partes, representadas por sus abogadas, solicitan la homologación del desistimiento y el archivo del expediente. La Sala ordena la remisión del expediente al tribunal de la causa y no impone condenatoria en costas, conforme a lo acordado por las partes.

Extracto de la motiva

En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: DESISTIDO el control de la legalidad propuesto y ordena la remisión de este expediente al tribunal de la causa.

Dispositiva

En consecuencia, remítase este expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. Particípese al Juzgado Superior antes mencionado. No hay condenatoria en costa conforme lo acordado por las partes, en atención a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

desistimientojuicio laboralcobro de diferenciahomologacióncontrol de legalidadcostasLey Orgánica Procesal del Trabajo

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