Sentencia N° 338 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de mayo de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0338, Exp. 15-036, 26/05/2015
Expediente15-036
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-05-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia de la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil DOMÍNGUEZ & CIA, S.A. contra la decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Carabobo, que había declarado sin lugar la demanda de nulidad de un acto administrativo relacionado con la certificación de enfermedad ocupacional de un trabajador. La Sala concluyó que no existían vicios en la decisión apelada y que el acto administrativo impugnado cumplía con las exigencias legales.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala determinar si existen elementos que acarreen la nulidad de la certificación de enfermedad ocupacional emanada de la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES CARABOBO, del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), a través de la cual se hizo constar que el ciudadano José Roberto Salazar Pérez, titular de la cédula de identidad N° V-16.785.906, presenta “1) Discopatía Lumbo-sacra: Prominencia del Anillo Fibroso a nivel L4-L5, Protrusión discal Concentrica Ventral Lateral Izquierda L5-S1 (COD. CIE10-M51.9)”, (sic) considerada como una enfermedad agravada por el trabajo que le ocasiona una discapacidad parcial y permanente. Delató el recurrente que el acto administrativo impugnado adolece del vicio de falso supuesto de hecho, ya que no se emplearon los criterios y la metodología que se señala haber utilizado, que existe una clara incongruencia entre los fundamentos de hecho y de derecho utilizados por el órgano administrativo y la decisión dictada, señala que entre los basamentos fácticos del acto administrativo no se indica el vínculo de causalidad existente entre las funciones ejecutadas por el trabajador y la enfermedad, que a los fines de certificar como enfermedad ocupacional el órgano administrativo tuvo en consideración solamente el informe de investigación, el cual según su criterio no revela los orígenes de la enfermedad y mucho menos establece una conexión entre ésta y las funciones del trabajador en la empresa, por otra parte, señala que la DIRESAT-CARABOBO, tuvo por cierto hechos inexistentes a los efectos de dictar su decisión y establecer que el ciudadano José Roberto Salazar Pérez sufría de una enfermedad agravada por las condiciones de trabajo.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil DOMÍNGUEZ & CIA, S.A., representada judicialmente por la abogada María Laura Henríquez, contra la sentencia publicada el 8 de diciembre de 2014, por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, mediante la cual declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo apelado. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.

Palabras clave

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