Sentencia N° 338 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de marzo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0338, Exp. 11-462, 26/03/2014
Expediente11-462
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-03-26
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La audiencia pública fijada para el 25 de febrero de 2014 no contó con la comparecencia de la parte demandada, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando desistido el recurso de casación. La decisión implica la remisión del expediente al Juzgado de Primera Instancia correspondiente para continuar con los trámites procesales.
Extracto de la motiva
La Sala observa: Señala el prenombrado artículo 173 eiusdem, en su último aparte lo siguiente: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos, la parte demandada recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará desistido el recurso de casación y el expediente se remitirá al Juzgado de Primera Instancia correspondiente. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, de fecha 3 de marzo de 2011; SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Maracaibo y se continúe con los trámites procesales correspondientes.