Sentencia N° 338 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 338, Exp. 02-157, 28/05/2002
Expediente02-157
PonenteFRANCISCO A. CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-05-28
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior Primero Agrario. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que venció el 15 de abril de 2002. La Sala no verificará la admisibilidad del recurso debido a esta falta de formalización.
Extracto de la motiva
La Sala, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, establece que el lapso para formalizar el recurso de casación comenzó a correr el día siguiente a los diez días dados para el anuncio del recurso, es decir, en fecha 07 de marzo de 2002 y venció el día 15 de abril de 2002, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización. Por lo tanto, se declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido.
Dispositiva
PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha 25 de enero de 2002, emanada del Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, Estado Miranda, Estado Guárico y Estado Amazonas.
Palabras clave
recurso de casaciónperecidojuzgado agrarioformalizacióncostasCódigo de Procedimiento Civilsentencia