Sentencia N° 337 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de mayo de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 337, Exp. 02-006, 15/05/2003
Expediente02-006
PonenteFRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2003-05-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Especial Agraria del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Alfredo Agüero Ramos contra la decisión del Juzgado Superior Primero Agrario. La Sala argumenta que el recurrente no cumplió con la carga probatoria necesaria para demostrar su derecho de propiedad sobre el bien reivindicado, así como la identidad del mismo con el que poseía el demandado. Se establece que, en materia de reivindicación, la confesión de la parte demandada no exime al actor de probar su derecho.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social, mediante sentencia N° 321 del 29 de noviembre de 2001, estableció: “...la doctrina y la jurisprudencia, (...) en cuanto a la acción de reivindicación han indicado que el reivindicante debe demostrar determinados requisitos, tales como: i.-) el derecho de propiedad o dominio del actor; ii.-) el hecho de encontrarse el demandado en posesión de la cosa reivindicada; iii.-) la falta de derecho a poseer el demandado; y, iv.-) en cuanto a la cosa reivindicada: su identidad, es decir, que la cosa reclamada sea la misma sobre la cual el actor alega sus derechos como propietario...”; por lo que en tal sentido, en lo que respecta al accionante, en este tipo de querella, deberá cumplir con dichas exigencias de inderogable acatamiento, para no ver frustrada la aspiración de triunfar en su pretensión. Así, una vez realizada la transcripción parcial de la denuncia presentada por el recurrente, la Sala para decidir, desea hacer las siguientes consideraciones: La Sala de Casación Social, mediante sentencia N° 321 del 29 de noviembre de 2001, estableció: “...la doctrina y la jurisprudencia, (...) en cuanto a la acción de reivindicación han indicado que el reivindicante debe demostrar determinados requisitos, tales como: i.-) el derecho de propiedad o dominio del actor; ii.-) el hecho de encontrarse el demandado en posesión de la cosa reivindicada; iii.-) la falta de derecho a poseer el demandado; y, iv.-) en cuanto a la cosa reivindicada: su identidad, es decir, que la cosa reclamada sea la misma sobre la cual el actor alega sus derechos como propietario...”; por lo que en tal sentido, en lo que respecta al accionante, en este tipo de querella, deberá cumplir con dichas exigencias de inderogable acatamiento, para no ver frustrada la aspiración de triunfar en su pretensión.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente recurso de casación, formalizado contra la sentencia de fecha 20 de noviembre de 2001, dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y de los Estados Vargas, Miranda, Guárico y Amazonas. De conformidad con lo establecido en los artículos 320 y 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

acción reivindicatoriacarga probatoriaconfesiónderecho de propiedadlinderossentenciarecurso de casación

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