Sentencia N° 336 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de agosto de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 336, Exp. X23-0014, 06/08/2024
ExpedienteX23-0014
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoMedidas Cautelares
Fecha de la decisión2024-08-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar inadmisible la solicitud de medidas cautelares presentada por los ciudadanos Ricardo Enrique Urrutia Godoy y Danilo Enrique Villalobos Fernández contra la sociedad mercantil Servicios Halliburton de Venezuela, S.A. La solicitud buscaba prohibir la enajenación y gravamen de bienes inmuebles y el embargo preventivo de bienes muebles de la demandada, en el contexto de un proceso laboral por diferencias de prestaciones sociales.

Extracto de la motiva

De manera que, al recaer la facultad para decretar medidas cautelares solamente respecto de los jueces de instancia y siendo que bajo el conocimiento del recurso de casación que ha sido interpuesto, esta Sala no puede sustituirse en aquellos y pasar a juzgar directamente los hechos, por lo que resulta forzoso declarar inadmisible la solicitud presentada. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de las medidas cautelares presentadas por la representación judicial de la parte actora, ciudadanos RICARDO ENRIQUE URRUTIA GODOY y DANILO ENRIQUE VILLALOBOS FERNANDEZ.

Palabras clave

medidas cautelarescasaciónjueces de instanciaprohibición de enajenarembargo preventivo

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