Sentencia N° 336 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de mayo de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0336, Exp. 12-1554, 30/05/2013
Expediente12-1554
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-05-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia el 30 de mayo de 2013, en el marco de un procedimiento por cobro de prestaciones sociales. La decisión se basa en un desistimiento del recurso de casación interpuesto por las empresas demandadas, tras llegar a un acuerdo con el demandante, quien recibió un pago único. La Sala declara consumado el desistimiento y ordena continuar con los trámites procesales correspondientes en el juzgado de primera instancia.

Extracto de la motiva

En consideración a tal manifestación, verificada como ha sido la facultad expresa para desistir y el carácter con el cual actúa la apoderada judicial de las empresas co demandadas, según se aprecia del instrumento poder que corre inserto al folio doscientos treinta y tres (233) del expediente, esta Sala, conforme a la disposición contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, declara consumado el desistimiento del recurso de casación interpuesto, contra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de agosto de 2012. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de casación interpuesto por las sociedades mercantiles BAR RESTAURANT CARRACEDO, S.A. y RESTAURANT TASCA LA CANECA, C.A., contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 14 de agosto de 2012. SEGUNDO: ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe los trámites procesales correspondientes.

Palabras clave

cobroprestacionestrabajocasacióndesistimiento

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