Sentencia N° 335 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de mayo de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0335, Exp. 14-1683, 25/05/2015
Expediente14-1683
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-05-25
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la nulidad de la providencia administrativa N° USM/029/2013, que impuso una multa a la empresa Better Home Products, C.A. por infracciones a la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. La decisión del Tribunal Séptimo Superior del Trabajo fue confirmada, al considerar que la administración no justificó adecuadamente el número de trabajadores involucrados ni el monto de la multa, vulnerando así el derecho a la defensa y el debido proceso.

Extracto de la motiva

motivadamente la cantidad de trabajadores que pudieron resultar afectados a consecuencia de la infracción, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12 y 18, cardinal 5 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, vulnerándose así lo preceptuado en el artículo 49, cardinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que la administración dio por demostrado hechos con pruebas que no aparecen en autos o cuya inexactitud resulta de actas e instrumentos del expediente, saco (sic) elementos de convicción supliendo excepciones o argumentos de hecho no alegados ni probados, es decir, no dictó una decisión expresa, positiva y precisa respecto del material probatorio y conforme a las disposiciones jurídicas aplicables al caso, resultando forzoso declarar, tal como se hará en la parte dispositiva del presente fallo, la procedencia de la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la Sociedad Mercantil Better Home Products, C. A., contra la Providencia Administrativa N° USM/029/2013, dictada la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda “Delegado de Prevención Jesús Bravo (DIRESAT), adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), en fecha diecisiete (17) de septiembre de dos mil trece (2013), todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así se establece.

Dispositiva

Se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 19 de septiembre de 2014, mediante la cual declaró con lugar el recurso de nulidad, en consecuencia, nula la providencia administrativa N°USM/029/2013 de fecha 17 de septiembre de 2013.

Palabras clave

nulidadadministrativatrabajadoresconstituciónprocedimientoscompetencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca