Sentencia N° 333 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de abril de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0333, Exp. 14-1127, 05/04/2016
Expediente14-1127
PonenteJesús Manuel Jiménez Alfonzo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-04-05
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 5 de abril de 2016, declara desistido el recurso de casación interpuesto por Jerry Gregorio Rojas Díaz contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de Zulia, que había declarado firme la sentencia de improcedencia de la demanda. La Sala fundamenta su decisión en la incomparecencia del recurrente a la audiencia pública fijada, lo que conlleva a la aplicación de la sanción establecida en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece el desistimiento del recurso en caso de no comparecer a la audiencia.

Extracto de la motiva

La Sala observa: En la oportunidad de celebrarse la audiencia pública y contradictoria, en razón del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la decisión de fecha 30 de junio de 2014, proferida por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; se constituyó esta Sala de Casación Social, dejándose constancia por el Secretario de la asistencia del abogado Joanders Hernández Velásquez, en representación de la sociedad mercantil accionada y de la incomparecencia del actor recurrente o sus apoderados judiciales al acto procesal anunciado. Establece el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte, que: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos la parte recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala de Casación Social, declara desistido el recurso de casación anunciado, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Jerry Gregorio Rojas Díaz, contra la decisión de fecha 30 de junio de 2014, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y 2) FIRME el fallo recurrido. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines legales subsiguientes.

Palabras clave

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