Sentencia N° 331 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de marzo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0331, Exp. 07-2181, 27/03/2008
Expediente07-2181
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-03-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 27 de marzo de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Ramón José Campos Moreno contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Estado Zulia. La decisión de la alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación del actor y con lugar el de la parte demandada, lo que llevó al recurrente a impugnar la legalidad de dicha decisión por supuestas violaciones al orden público y a principios del debido proceso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o resulten contrarias a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Aduce el recurrente como fundamento del presente medio de impugnación, el quebrantamiento del orden público, concretamente de los artículos 11 y 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como de las doctrinas jurisprudenciales que sobre la interpretación del artículo 190 eiusdem, ha proferido esta Sala de Casación Social.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 18 de octubre de 2007. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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