Sentencia N° 330 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de agosto de 2023

TSJ/SCS, Sent. N° 330, Exp. 23-025, 02/08/2023
Expediente23-025
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2023-08-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando la decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La parte demandante había solicitado el beneficio de jubilación, el cual fue negado en primera instancia, pero el tribunal de alzada consideró que el demandante cumplía con los requisitos establecidos en la Convención Colectiva de Trabajo y el Reglamento del Plan de Jubilación. La parte demandada alegó indefensión por no poder controlar una prueba documental, pero el tribunal determinó que dicha prueba era de su conocimiento y que su solicitud de reposición era innecesaria.

Extracto de la motiva

motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada Sociedad Mercantil PRODUCTOS EFE S.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 9 de enero de 2023; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida. Se condena en costas a la parte demandada recurrente, conforme con lo previsto en el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Trabajo supra identificada, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada Sociedad Mercantil PRODUCTOS EFE S.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, publicada en fecha 9 de enero de 2023; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.

Palabras clave

casaciónjubilaciónindefensiónconvención colectiva

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