Sentencia N° 330 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de abril de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 330, Exp. 03-600, 15/04/2004
Expediente03-600
PonenteNORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-04-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Bogdan José Stojanowski Leja contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero Agrario. La decisión se basa en que los fallos de instancia guardan conformidad y no se observan supuestos que permitan la admisión del recurso. Se destaca la jurisprudencia sobre la admisibilidad del recurso de casación y los requisitos establecidos en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
Extracto de la motiva
El Tribunal que dicta la Recurrida, al momento de admitir el presente recurso de casación, indica: “La decisión objeto del recurso es una sentencia Definitiva, dictada en última Instancia, cuyo interés principal fue estimado en el libelo de demanda en la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (15.000.000,oo). Cumplidos los requisitos conforme al artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA LA ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN, anunciado.” (sic) Es pacífica y reiterada la jurisprudencia respecto a la admisibilidad del recurso de casación por parte de este Máximo Tribunal de la República, por lo que en tal sentido en sentencia del 07 de noviembre de 2001, la Sala de Casación Social estableció: “Punto previo en el fallo de casación, puede ser el de la admisibilidad del recurso (...) corresponderá a la corte (Tribunal Supremo de Justicia), como Punto Previo al decidir el recurso, pronunciarse sobre esa admisión, lo que puede hacer de oficio o por planteamiento hecho por la parte contraria en su escrito de impugnación...” Así, derivado de lo expuesto previamente, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social procederá en primer término, a emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad o no del presente recurso.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandante, ciudadano BOGDAN JOSÉ STOJANOWSKI, contra el fallo de fecha 12 de junio de 2003, publicado íntegramente el día 25 del mismo mes y año, proferido por el Juzgado Superior Tercero Agrario. En consecuencia, REVOCA el auto de admisión de fecha 7 de julio de 2003, dictado por el mencionado Juzgado Superior. No se condena en costas a la parte recurrente debido a la naturaleza de esta decisión.
Palabras clave
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