Sentencia N° 329 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de marzo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0329, Exp. 14-092, 20/03/2014
Expediente14-092
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-03-20
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La Sala argumentó que el recurso era inadmisible dado que la decisión recurrida era interlocutoria y no ponía fin al juicio, lo que permite que cualquier agravio pueda ser reparado en la sentencia definitiva.
La Sala reafirmó su criterio de que las sentencias interlocutorias pueden ser recurridas a través del recurso ordinario de apelación, y que si causan agravio, este puede ser reparado en la sentencia definitiva. En este caso, se determinó que la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo no era susceptible de control de legalidad, ya que no se trataba de una sentencia definitiva.
Finalmente, el Tribunal declaró inadmisible el recurso interpuesto, enfatizando la importancia de la celeridad en los procesos judiciales y la posibilidad de reparar cualquier agravio en la sentencia definitiva.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público”.
Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho.
En el caso concreto, la Sala observa que el fallo recurrido es una sentencia interlocutoria que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora; y, repuso la causa al estado de que se celebre nuevamente la prolongación de la audiencia preliminar.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada el 14 de noviembre de 2013 por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de la Circunscripción Judicial del Trabajo del estado Zulia. Particípese esta remisión al Juzgado de origen ya mencionado.