Sentencia N° 328 — Sala de Casación Social del TSJ (2013)
TSJ/SCS, Sent. N° 0328, Exp. 12-1640, 29/05/2013
Expediente12-1640
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión—
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por la empresa TREVI CIMENTACIONES, C.A. contra un acto administrativo de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua. La empresa alegó vicios en el procedimiento administrativo, incluyendo la falta de oportunidad para defenderse y la inmotivación del acto. Sin embargo, la Sala concluyó que el procedimiento se llevó a cabo conforme a la ley y que la empresa tuvo la oportunidad de presentar sus pruebas y alegatos.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en sus artículos 9 y 18, consagró, en forma general, el principio que todo acto administrativo de carácter particular tiene que ser motivado, excepto los de simple trámite y los que por disposición expresa de la Ley así lo disponga, razón por la cual el acto debe hacer referencia a los hechos y fundamentos que lo llevan a pronunciarse en uno u otro sentido. En tal sentido, arguyen los impugnantes que el origen de la enfermedad o patología que presenta el trabajador, bien sea origen de la actividad laboral o agravada por ésta, debe ser explicada médicamente y tal explicación debe ser insertada en el contenido de la Certificación de manera que el patrono se pueda defender en el contencioso administrativo. Finalmente, se denuncia el vicio de falso supuesto en virtud a que la certificación atacada, en forma alguna sustenta las razones por las cuales concluye que el ex trabajador es portador de una enfermedad que se ha agravado por efecto de la labor cumplida para el patrono, esto es, en forma alguna explica las razones técnicas por las cuales llega a esta conclusión, que debieron estar sustentadas en: diagnostico elaborado por el médico tratante y evaluador, mención y análisis de los exámenes utilizados para obtener el diagnostico, criterios interdisciplinarios, e inspecciones para establecer la relación de causalidad de la enfermedad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Trevi Cimentaciones, C.A., contra la decisión emitida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 29 de octubre de 2012. En consecuencia, SE CONFIRMA la decisión apelada.