Sentencia N° 322 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de abril de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0322, Exp. 16-909, 26/04/2017
Expediente16-909
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-04-26
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes Rogelio Asdrubal Contreras Bermúdez y Juan Pablo Vanegas Castro contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo, que había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte demandada y sin lugar la demanda. La Sala analizó los argumentos presentados por los recurrentes, quienes alegaban vulneración de normas de orden público y del debido proceso.

Extracto de la motiva

Verificado en el caso de autos los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y a tal efecto observa: Indica el recurrente que la sentencia objeto de impugnación vulnera normas de orden público y la garantía del debido proceso contemplado en los artículos constitucionales 26, 49, 89, 90 y 91 y a su vez, contraría la reiterada jurisprudencia de la Sala de Casación Social de este máximo tribunal, por lo que a su consideración, la misma debe ser revisada y anulada. Asegura, que al mismo tiempo se han transgredido normas contenidas en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, contenidas en los artículos 18, 19, 24, 98, 109 y 175. Igualmente denuncia el impugnante quebrantamiento de las normas contenidas en los artículos 5, 9 y 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 3, 17 y 18 del Reglamento de la Ley de Alimentación para los Trabajadores.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, dictada el 19 de octubre de 2016, la cual queda FIRME. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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