Sentencia N° 321 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de marzo de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0321, Exp. 10-1583, 31/03/2011
Expediente10-1583
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-03-31
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por Lorenzo Eulogio Reyes Parodi contra la sentencia del Juzgado Tercero Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El recurso fue anunciado oportunamente, pero la formalización se realizó fuera del lapso legal establecido. La decisión se fundamenta en el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que establece las condiciones para la formalización del recurso.

Extracto de la motiva

En el caso de autos el recurrente anunció su recurso de casación oportunamente, el 7 de octubre de 2010, pero lo formalizó el 18 de enero de 2011, siendo que el lapso de veinte (20) días consecutivos para la formalización del recurso de casación venció el 9 de enero de 2011, razón por la cual esta Sala, en aplicación del artículo antes indicado, considera perecido el recurso interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación presentado contra la sentencia dictada el 10 de agosto de 2010, por el Juzgado Tercero Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Se condena en costas al recurrente, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 489-H de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Palabras clave

divorciocasaciónniñosadolescentescostasprocedimiento

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