Sentencia N° 320 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de noviembre de 2022
TSJ/SCS, Sent. N° 320, Exp. 22-345, 16/12/2022
Expediente22-345
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2022-11-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia admite la solicitud de avocamiento presentada por Flora Desiré Moya Pettay, en relación a varios expedientes que involucran la sucesión de Luis Antonio Ortiz Galeano. Se argumenta que se han vulnerado derechos constitucionales, como el debido proceso y la tutela judicial efectiva, lo que justifica la intervención del Tribunal. La Sala ordena la suspensión inmediata del curso de las causas y prohíbe cualquier actuación procesal en los expedientes mencionados, destacando la importancia del interés superior del niño en el proceso.
Dispositiva
Se ADMITE la solicitud de avocamiento interpuesta por la ciudadana FLORA DESIREE MOYA PETTAY, respecto de las causas: FP02-J-2022-306, FP02-V-2022-152, FP02-V-2022-156; las cuales se encuentran en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar y la causa FP02-R-2022-38 en el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la misma Circunscripción Judicial; SEGUNDO: SE ORDENA a los juzgados, ya mencionados, la suspensión inmediata del curso de las causas y se prohíbe la realización de cualquier actuación procesal en el expediente so pena de nulidad, salvo aquella que de manera expresa le ordene esta Sala; TERCERO: SE ORDENA a los prenombrados juzgados la remisión inmediata de la totalidad de las actuaciones judiciales concernientes a las referidas acciones; CUARTO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre todos los bienes objeto de la sucesión del de cuyus Luis Antonio Ortiz Galeano.
Palabras clave
avocamientoderechos constitucionalesinterés superior del niño