Sentencia N° 32 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de marzo de 2020

TSJ/SCS, Sent. N° 032, Exp. 19-254, 05/03/2020
Expediente19-254
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2020-03-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de hecho interpuesto por PEPSICO ALIMENTOS S.C.A. contra el auto que declaró inadmisible el recurso de casación. La decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Aragua fue confirmada, ya que la cuantía de la demanda no cumplía con el requisito mínimo para acceder al recurso de casación. La Sala determinó que ninguna de las pretensiones individuales de los demandantes excedía el monto requerido, por lo que el recurso fue declarado sin lugar.

Extracto de la motiva

Ahora bien, si tomamos en cuenta que para el acceso a la casación es necesario tomar en cuenta el valor de la demanda vigente para el momento de su interposición, tal y como fue estipulado en sentencia N° 1573, de fecha 12/07/2005, emanada de la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, debemos concluir que en el presente asunto, la demanda fue interpuesta en fecha 10 de agosto de 2017, fecha para la cual, el valor de la unidad tributaria ascendía al monto de trescientos bolívares (Bs. 300,00) y que conforme a la sentencia vinculante antes referida en concordancia con lo previsto en el artículo 167, numeral 1 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la cuantía requerida para el acceso al mencionado medio excepcional de impugnación era la suma de Novecientos Mil Bolívares (Bs. 900.000,00), que el ser comparada con el monto de la pretensión más alta, es decir la suma de setecientos cuarenta y siete mil novecientos noventa y tres bolívares con trece céntimos (Bs. 747.993,13) hace insuficiente dicha cantidad para que en el presente caso se pueda admitir el recurso de casación anunciado por la parte demandada. Así se decide. Visto todo lo anterior, hace concluir que es inadmisible este medio extraordinario de impugnación anunciado por la parte demandada. Así se resuelve.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada PEPSICO ALIMENTOS S.C.A., contra el auto de fecha 26 de junio de 2019, emanado del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.

Palabras clave

cobro de beneficios laboralesrecurso de casacióncuantíaunidad tributariaLey Orgánica Procesal del Trabajodecisión judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca