Sentencia N° 319 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de agosto de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 319, Exp. 25-020, 13/08/2025
Expediente25-020
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-08-13
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada el 6 de noviembre de 2024. La decisión se basa en que la cuantía de la demanda no supera las tres mil veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, requisito necesario para la admisibilidad del recurso de casación. Además, se anula el auto del 14 de noviembre de 2024, por el cual se admitió el recurso.
Extracto de la motiva
Conforme con los criterios antes expuestos, visto que en el presente caso la demanda fue incoada bajo la vigencia de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, es por lo que esta Sala de Casación Social toma en cuenta a los efectos de la admisibilidad del recurso de casación, que la cuantía debe exceder tres mil veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor establecido por el Banco Central de Venezuela, para la oportunidad de interposición de la demanda.
Dispositiva
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso extraordinario de casación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada el 6 de noviembre de 2024, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay; SEGUNDO: ANULA el auto dictado por el referido tribunal de alzada, el 14 de noviembre 2024, por medio del cual se admitió el presente recurso de casación; TERCERO: FIRME la decisión recurrida.