Sentencia N° 318 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de abril de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0318, Exp. 18-0057, 17/04/2018
Expediente18-0057
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2018-04-17
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Gloria del Carmen Rodríguez Olivar contra una sentencia del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La Sala determinó que el recurso era inadmisible debido a que se trataba de una sentencia interlocutoria, lo que no permite este tipo de impugnación según el criterio establecido en decisiones anteriores.
Extracto de la motiva
Siendo así y por las razones antes indicadas, esta Sala de Casación Social deja sentado a partir de la publicación de esta decisión que este medio de impugnación excepcional es inadmisible cuando se solicite contra las sentencias interlocutorias emanadas de los Juzgados Superiores laborales, todo ello además en procura de la celeridad que cada caso amerita pues de producirse alguna violación con estos fallos interlocutorios, se puede reparar en la sentencia definitiva, recurribles estas últimas antes esta Sala de Casación Social a través de los medio de impugnación permitidos por la Ley para ello. La Sala observa que el fallo recurrido declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte accionante y ordenó que el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la misma Circunscripción Judicial, decidiera la tacha incidental propuesta y continuara el trámite procesal correspondiente; anulando la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; por lo que resulta evidente que la recurrida consiste en una sentencia de alzada que conoce de una decisión interlocutoria y conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia número 87 de fecha 20 de febrero de 2003, parcialmente trascrita, se declara inadmisible el presente recurso de control de la legalidad. Así se decide.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana GLORIA DEL CARMEN RODRÍGUEZ OLIVAR, contra la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2017, dictada por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara.