Sentencia N° 315 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de agosto de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 315, Exp. 24-593, 13/08/2025
Expediente24-593
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-08-13
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandante, ZULIGEL GREGORIA ANDRADE DUARTE, contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Aragua. La Sala declaró perecido el recurso debido a la falta de formalización dentro del lapso establecido por la ley, considerando que el término para formalizar el recurso había vencido sin que se presentara el escrito correspondiente.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, y consagra como sanción a la inobservancia por parte del formalizante de dicho lapso, el perecimiento del recurso extraordinario. Asimismo, considera esta Sala que se dejará correr además el término de la distancia correspondiente, si la sede del Tribunal que dictó la sentencia recurrida no se encuentra en la capital de la República y se computará a partir del día siguiente del vencimiento del término de cinco (5) días que se conceden para el anuncio del recurso. En el caso específico, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que de conformidad con las particularidades del asunto, el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el día siguiente a los cinco (5) días que se dan para el anuncio del mismo, es decir, en fecha treinta (30) de octubre de 2024 y venció el veinte (20) de noviembre de 2024, más dos (2) días del término de distancia, lo que implica que el recurso de casación fue interpuesto fuera del lapso establecido por la ley, lo que conlleva a su perecimiento.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandante ciudadana ZULIGEL GREGORIA ANDRADE DUARTE contra el fallo de fecha 16 de octubre de 2024, emanado del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay.
Palabras clave
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