Sentencia N° 314 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de agosto de 2025
TSJ/SCS, Sent. N° 314, Exp. 24-564, 13/08/2025
Expediente24-564
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2025-08-13
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandante, declarando su improponibilidad. Asimismo, se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad presentado contra una decisión del Juzgado Superior que había declarado con lugar una recusación. La Sala argumentó que las decisiones en incidencias de recusación no son recurribles, conforme a la normativa aplicable, y que el recurso de control de la legalidad no era procedente en este caso.
Extracto de la motiva
De acuerdo con las disposiciones legales supra citadas, las decisiones que resuelven incidencias de recusación e inhibición no admiten recurso alguno, y así lo ha sostenido consistentemente esta Sala de Casación Social, mediante sentencia número 2203 del 1° de noviembre de 2007 (caso: Eduardo Krulig Schatten contra Gelman de Krulig) y número 418 del 10 de abril de 2008 (caso: Wiston Manuel García Gabin y otros contra María Eugenia Daboín de García y otros), entre otras, al resolver sobre la disposición análoga contenida en el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, resulta necesario traer a colación el criterio de la Sala de Casación Civil, mediante sentencia número 127 del 3 de abril de 2013 (caso: Freddy Antonio Ávila Chávez y otros), con ponencia conjunta, a través de la cual se modificó el criterio imperante hasta esa fecha, en relación con la admisibilidad del recurso extraordinario de casación contra decisiones dictadas en incidencias de recusación e inhibición, las cuales, por su naturaleza, constituyen sentencias interlocutorias que no detienen el curso del proceso. En tal sentido, el fallo in commento estableció el abandono de la jurisprudencia que hasta ese momento había prevalecido, y procede a dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil, el cual excluye expresamente la posibilidad de interponer recurso alguno contra las providencias o sentencias dictadas en el marco de incidencias de recusación e inhibición. Este criterio jurisprudencial fue acogido expresamente por esta Sala de Casación Social en sentencia número 680 del 11 de julio de 2016 (caso: Sucesión Yauca Cordero contra Agropecuaria La Morita, C.A.), así como en las decisiones números 95 de fecha 22 de marzo de 2013 (caso: Mireya Josefina Oliveros Sequera contra Marcos Salvador Porras González), 790 del 18 de junio de 2014 (caso: Sandro María Grillini contra Rosanna Serti Cuevas) y 674 del 11 de agosto de 2015 (caso: Álvaro Antonio Olmedo Rodríguez contra Maryory Carlina González Pérez) entre otras. Todas ellas se fundamentan en la previsión contenida en el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil, cuya redacción es clara al no dar cabida para la interposición de cualquier recurso contra las decisiones que recaigan en estas incidencias, resultando evidentemente inadmisible no solo el recurso extraordinario de casación -como se indica en las mencionadas decisiones-, sino también el recurso de control de la legalidad, como ocurre en el caso bajo estudio.
Dispositiva
PRIMERO: IMPROPONIBLE el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante, ciudadana YOSELYN COROMOTO SOLER PÉREZ, contra el auto dictado el 31 de octubre de 2024, por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, que ordenó la remisión del recurso de control de legalidad con efecto devolutivo; SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte recurrente, ciudadana YOSELYN COROMOTO SOLER PÉREZ, contra la sentencia dictada el 21 de octubre de 2024, por el mencionado juzgado superior; TERCERO: FIRME la sentencia recurrida.
Palabras clave
recusacióninhibicióncontrol de legalidadjurisprudenciadecisiones judicialesirrecurribilidad