Sentencia N° 313 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de agosto de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 313, Exp. 23-318, 06/08/2024
Expediente23-318
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-08-06
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, resolvió el recurso de hecho interpuesto por Thailenys del Carmen Tablante Lira contra el auto del Tribunal Superior que declaró inadmisible el recurso de casación. La Sala determinó que el Juzgado Superior se extralimitó al declarar inadmisible el recurso por falta de motivación, lo que vulneró el derecho a la defensa y al debido proceso. En consecuencia, se declaró con lugar el recurso de hecho, se anuló el auto recurrido y se admitió el recurso de casación anunciado.
Extracto de la motiva
motivación establecido en la Ley especial necesario para recurrir en casación. Así se decide. Conforme a las normas contenidas en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el articulo 489 y siguientes de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes y atendiendo a los derechos constitucionales, al IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 13 debido proceso, al derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva, esta alzada declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado, contra la sentencia proferida por este tribunal el día 4 de mayo de 2023, publicada el día 11 de mayo de 2023, último día de los cinco días siguientes para la publicación. Y ASI SE DECIDE. (Sic) [Negrilla y Subrayado de la Cita].
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho intentado por la parte accionada ciudadana TRAILENYS DEL CARMEN TABLANTE LIRA, plenamente identificada, contra el auto del 19 de mayo de 2023, dictado por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro. SEGUNDO: SE ANULA el auto recurrido. TERCERO: Se admite el recurso de casación anunciado contra la sentencia dictada el 11 de mayo de 2023, por el mencionado Tribunal.
Palabras clave
recurso de casacióndebido procesoderecho a la defensatutela judicialprotección de niñosinadmisionjurisprudencia