Sentencia N° 313 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de abril de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0313, Exp. 18-011, 17/04/2018
Expediente18-011
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2018-04-17
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, CHEVROCAR’S, S.A., contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero que había declarado parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales presentada por RAFAEL ANTONIO ARAPE LOZADA. La Sala analizó la admisibilidad del recurso y determinó que no se evidenciaba la violación de normas de orden público, por lo que declaró inadmisible el recurso interpuesto.
Extracto de la motiva
Ahora bien, observa esta Sala de Casación Social, del análisis exhaustivo de la denuncia argumentada por la parte demandante recurrente, así como de la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, se desprende, que la decisión sujeta a revisión por esta Sala, se encuentra ajustada a derecho, toda vez que no se evidencia que la misma viole alguna norma de orden público; en consecuencia, es innecesario desplegar la actividad jurisdiccional de este órgano colegiado, para ejercer el control de la legalidad de la sentencia impugnada, lo cual hace que esta Sala declare inadmisible el presente recurso. Tal declaratoria resulta cónsona con lo establecido en el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, toda vez que la potestad revisora conferida a esta Sala se ejerce de forma discrecional y excepcional. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la demandada CHEVROCAR’S, S.A., contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Cabimas, de fecha 3 de noviembre de 2017.
Palabras clave
control de la legalidadrecursosorden públicosentenciastrabajo