Sentencia N° 312 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de marzo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0312, Exp. 07-1175, 25/03/2008
Expediente07-1175
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-03-25
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 25 de marzo de 2008, declaró sin lugar los recursos de casación interpuestos tanto por el demandante, Germán Antonio Morales Yagua, como por la demandada, C.V.G Electrificación del Caroní, C.A. La sentencia recurrida había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación, modificando el fallo del Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo. La Sala analizó las denuncias de inmotivación y falta de aplicación de normas, concluyendo que no se incurrió en los vicios alegados y que la interpretación de las normas laborales fue correcta.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el error en la interpretación de la ley, ocurre cuando el juez aun reconociendo la existencia y validez de la norma que ha seleccionado apropiadamente, yerra en la determinación de su verdadero alcance general y abstracto, haciéndose derivar de ella consecuencias que no resultan de su contenido. En este caso, se colige que la vigencia del contrato en referencia no estaba supeditada al carácter activo del vínculo laboral, toda vez que el mismo, per se comportaba el cumplimiento de una obligación para la demandada y un derecho para el actor, razón por la cual el ad quem en aplicación del artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en correcta distribución de la carga de la prueba, declaró procedente la indemnización por daños y perjuicios reclamada, que básicamente consistió en el cumplimiento de la obligación de reintegro pactada en el contrato de Ayuda Económica para Estudios Universitarios.

Dispositiva

1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el actor ciudadano Germán Antonio Morales Yagua, contra el fallo publicado por el Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 13 de febrero de 2007; 2) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil C.V.G. Electrificación del Caroní, C.A. (C.V.G EDELCA) contra el referido fallo; y 3) CONFIRMA la sentencia recurrida.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de casacióninmotivacióncontradicciónindemnizaciónayuda económicavínculo laboraljubilación

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