Sentencia N° 310 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de marzo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0310, Exp. 12-1579, 18/03/2014
Expediente12-1579
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2014-03-18
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, RENTA VIC CARS 2009, C.A., en relación a una decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La audiencia pública fijada para el 13 de marzo de 2014 no contó con la comparecencia de la representación judicial de la parte demandada, lo que llevó a la Sala a declarar desistido el recurso. La decisión se fundamenta en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece que la falta de comparecencia del recurrente resulta en el desistimiento del recurso de casación.

Extracto de la motiva

En el caso de autos, se configura el supuesto establecido en el artículo 173 la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicable a este asunto por remisión expresa inserta en el Tercer Parágrafo del artículo 178 de la misma Ley, cuando disponen: Artículo 178: .En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el Capítulo anterior. Artículo 173: Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente. Al aplicar al caso de autos la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que la parte demandada recurrente no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará en el dispositivo de este fallo desistido el control de la legalidad solicitado y remitirá el expediente al Juzgado de la primera instancia competente para que continúe con los trámites legales correspondientes.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso de Control de la Legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 18 de septiembre de 2012; SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y se continúe con los trámites procesales correspondientes.

Palabras clave

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