Sentencia N° 31 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de febrero de 2023

TSJ/SCS, Sent. N° 031, Exp. 22-021, 15/02/2023
Expediente22-021
PonenteCarlos Alexis Castillo Ascanio
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2023-02-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, admite el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara. La decisión impugnada había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la demandada, confirmando la sentencia que otorgó la custodia del niño a su madre y desestimó la reconvención del padre. La Sala considera que existen elementos suficientes que justifican la admisibilidad del recurso, garantizando así el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

En este orden de ideas, en vista de los planteamientos esbozados por la parte recurrente y de un análisis de las actas procesales cursantes en autos, se verifica que en el caso bajo estudio se patentiza un supuesto de violación del orden público en materia de protección de niños, niñas y adolescentes, ante lo cual, queda esta Sala habilitada para el conocimiento de la causa por el control de legalidad ejercido, todo ello con el fin de garantizar la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa de la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en aras de salvaguardar el interés superior del niño J.A.Y.M, cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En virtud de lo anterior, considera esta Sala de Casación Social que existen elementos suficientes que conllevan a admitir el control de la legalidad anunciado por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en sentencia publicada el 16 de noviembre de 2021. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: ADMITE el recurso de control de la legalidad anunciado por la parte demandada ciudadana ISLEYER COROMOTO YÉPEZ CORDERO contra la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2021, dictada por el Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. SEGUNDO: SE COMISIONA a los Tribunales de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional a los fines de que conjuntamente con el equipo multidisciplinario de dicho Circuito Judicial, escuchen la opinión del niño J.A.Y.M, cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en tal sentido, se ordena librar comisión al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la referida Circunscripción Judicial a los fines de cumplir el presente mandato. TERCERO: SE ORDENA librar notificación de la presente decisión al progenitor custodio de niño J.A.Y.M, cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 eiusdem, con el objeto de que tenga conocimiento del presente fallo y se exhorta a que traslade al niño a la ciudad de Caracas en la oportunidad que fije el Tribunal de Instancia que corresponda.

Palabras clave

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