Sentencia N° 307 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de abril de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0307, Exp. 10-278, 08/04/2010
Expediente10-278
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-04-08
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La sentencia recurrida había declarado con lugar la demanda de la ciudadana Elizabeth González Durán por cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que la sentencia impugnada se ajustaba a derecho y no incurrió en las violaciones alegadas por la parte recurrente, resultando en la declaración de inadmisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
Como se aprecia, para que proceda la admisibilidad de dicho medio excepcional de impugnación, se debe cumplir con los requerimientos formulados en el dispositivo legal reproducido en el párrafo precedente, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social. Expuesto lo anterior, esta Sala de Casación Social pasa a estudiar el asunto: Denuncia la parte demandada recurrente, que el Superior incurre en inmotivación, toda vez que la recurrida declaró sin lugar la falta de cualidad opuesta. Para ello explica, lo siguiente: “Ahora bien, lo expuesto por la sentencia recurrida resulta completamente desacertado e irracional para resolver la defensa opuesta, pues precisamente la existencia de un contrato franquicia de la Marca “SANDRO”, como el contrato de cuentas en participación suscrito entre el demandante y mi representada, y sus prórrogas, como los descuentos que de ese contrato se le hacían a la contratada, eran los fundamentos principalmente para demostrar la ausencia de legitimación “ad causam”; en todo caso, estos fundamentos no fueron rebatidos o desechados por el Tribunal Superior, por lo que se afirma que los motivos en que se basó la sentencia recurrida por control de la legalidad son tan vagos, generales, inocuos, ilógicos, absurdos que impiden conocer el criterio jurídico que siguió el Juez para fundamentar la declaratoria sin lugar de la defensa de fondo alegada. Es claro que el vicio cometido fue determinante en el dispositivo del fallo pues al desechar la falta de cualidad opuesta fue por lo que presumió la existencia de una supuesta relación laboral.”.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, de fecha 1° de febrero de 2010. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial ut supra identificada.
Palabras clave
inadmisionrelacion laborallegitimacionerror en los motivossuposicion falsapruebasjurisprudencia