Sentencia N° 307 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 307, Exp. 01-686, 28/05/2002
Expediente01-686
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-05-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, decidió el recurso de casación interpuesto por Franklin Dudamel Acurero contra la sentencia del Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo del Estado Lara. La sentencia de primera instancia había declarado parcialmente con lugar la apelación del demandante y parcialmente con lugar la demanda, modificando la sentencia apelada. La Sala desestimó el recurso de casación, declarando sin lugar el mismo, y condenó en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la Juez de la alzada obvió cualquier análisis de las copias certificadas expedidas por la Secretaría del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de las actas contentivas de declaraciones rendidas por los ciudadanos Miguel Ángel Martínez, Alciro Antonio Saavedra y Régulo Jairo Saavedra Pérez en el juicio que, en contra del ciudadano Jorge Luis Jiménez, sigue el ciudadano Jorge Antonio González y que fueron consignadas al expediente en el trámite de la apelación. Sin embargo, tal omisión de análisis implica un quebrantamiento del deber de los Jueces de analizar todas y cada una de las pruebas que cursen al expediente, aún de aquellas que a su juicio no fueren idóneas para ofrecer algún elemento de convicción, contenido en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, y de su obligación de exponer en el texto del fallo los motivos de hecho y de derecho de la decisión, configurándose el vicio de silencio de pruebas.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia de fecha 7 de junio de 2001, dictada por el Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

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