Sentencia N° 306 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de marzo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0306, Exp. 07-1653, 12/03/2009
Expediente07-1653
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-03-12
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Alejandro Rojas Martínez contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La audiencia pública fijada para el 09 de marzo de 2009 no contó con la comparecencia de la parte actora, lo que llevó a la Sala a aplicar la sanción correspondiente por desistimiento del recurso. La decisión confirma la sentencia recurrida y ordena continuar con los trámites correspondientes en el juzgado de primera instancia.

Extracto de la motiva

El prenombrado artículo 173 eiusdem, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que en el caso de autos, la parte demandante recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará desistido el recurso de casación y el expediente se remitirá al Juzgado de la primera instancia correspondiente. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: 1º) declara DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo (Valencia), publicada el veinte (20) de diciembre del 2005, 2°) SE CONFIRMA la sentencia recurrida y 3) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente continúe con los trámites correspondientes.

Palabras clave

casaciónaudienciadesistimientotrabajojusticia

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