Sentencia N° 306 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de mayo de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 306, Exp. 02-571, 07/05/2003
Expediente02-571
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-05-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, dictó sentencia en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La decisión se basa en un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, que alegó defectos en la motivación de la sentencia del Juzgado Superior. La Sala encontró que la decisión recurrida no contenía los fundamentos de hecho y de derecho necesarios, lo que constituyó un vicio de inmotivación.
Extracto de la motiva
El recurrente en su denuncia imputa la materialización del vicio de la sentencia conocido como inmotivación, al no contener la recurrida los motivos de hecho y de derecho bajo los cuales soportó la decisión. Específicamente argumenta el formalizante, que la sentencia recurrida condenó el pago de intereses de mora conforme a un criterio jurisprudencial, sin esbozar el alcance del mismo. En tal sentido, continúa narrando el recurrente, la recurrida infringió el artículo 243 ordinal 4º del Código de Procedimiento Civil, al no expresar las razones de hecho y de derecho por las cuales ordenó el pago de los intereses in comento. Conforme a lo relatado, percibe esta Sala que al confrontarse el pasaje de la recurrida inserto en la denuncia con el texto de la misma, efectivamente, la decisión no está fundada en el marco de un cuerpo normativo, es decir, se silenciaron al menos, los motivos o razones de derecho para avalar la procedencia de los intereses de mora referidos. Entonces, si bien resulta permisible que el Juzgador se sirva al fundar sus fallos de la doctrina elaborada por este Alto Tribunal de la República, de otra parte se encuentra obligado a los fines de garantizar la requerida motivación, en señalar de manera positiva y precisa el alcance de dichos criterios jurisprudenciales, como en transcribir el extracto de la sentencia del cual se quiere aprovechar, ello, con miras a controlar la legalidad del fallo. De manera que, al no cumplir el ad-quem con los lineamientos ut supra expuestos, la decisión recurrida vulneró el artículo 243, ordinal 4º del Código de Procedimiento Civil, consumando el vicio en la sentencia de inmotivación.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia definitiva emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 19 de septiembre de 2002; y en consecuencia, anula el fallo recurrido y repone la causa al estado de que el Juez Superior que resulte competente, dicte nueva decisión en acatamiento a los requisitos formales de la sentencia que dejaron de cumplirse.
Palabras clave
cobro de prestacionesintereses de morainmotivaciónrecurso de casaciónCódigo de Procedimiento Civiljurisprudenciadecisión judicial