Sentencia N° 305 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de abril de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0305, Exp. 12-1247, 24/04/2017
Expediente12-1247
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-04-24
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 24 de abril de 2017, declaró desistido el recurso de casación interpuesto por las codemandadas contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. La decisión se fundamenta en la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia pública fijada para el 17 de abril de 2017, lo que llevó a la aplicación de la sanción prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Sala observó que la parte recurrente incumplió con la carga procesal impuesta por ley, lo que resultó en la firmeza de la sentencia impugnada. La decisión fue firmada por la Presidenta de la Sala y Ponente, Mónica Gioconda Misticchio Tortorella, junto con las Magistradas Accidentales Sonia Coromoto Arias Palacios y Bettys del Valle Luna Aguilera.
Finalmente, se ordenó la publicación y remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo, así como la participación del contenido de la decisión al Juzgado Superior de origen.
Extracto de la motiva
El artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a la que se contrae la norma antes transcrita, y visto que en el caso de autos la parte accionada recurrente no compareció a la audiencia fijada, incumpliendo la carga procesal por ley impuesta, esta Sala Especial Segunda de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declara desistido el recurso de casación interpuesto por la demandada y, en consecuencia, firme la sentencia impugnada.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Segunda de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 26 de julio de 2012 y 2) FIRME el fallo recurrido.