Sentencia N° 303 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de marzo de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0303, Exp. 15-357, 31/03/2016
Expediente15-357
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-03-31
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió a favor de la sociedad mercantil EQUIPOS UROLÓGICOS P.K., C.A., revocando la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de nulidad contra la certificación de un accidente de trabajo. La Sala concluyó que la certificación emitida por el INPSASEL adolecía de vicios de falso supuesto de hecho, ya que no se comprobó la ocurrencia del accidente ni su relación causal con la muerte de la trabajadora María Jesús Carreño. Se determinó que la decisión del juzgado a quo incurrió en inmotivación por petición de principio al no valorar adecuadamente las pruebas presentadas por la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social constata que, en el caso sub iudice la Certificación recurrida incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho al establecer que, la ex trabajadora María Jesús Carreño sufrió un accidente de trabajo, por contacto con objeto punzo-cortante en el mes de abril del año 2006, en la Sala de Examen de la sociedad mercantil Equipos Urológicos P.K., C.A., sin que constara en el expediente administrativo, ningún tipo de medio probatorio idóneo y suficiente para evidenciar tales hechos. Igualmente se concluye que, la referida Certificación incurrió en el mencionado vicio, cuando sin prueba alguna determinó que, el supuesto accidente de trabajo sufrido por la ciudadana María Jesús Carreño, en abril del año 2006, fue la causa de su muerte, estableciendo de manera errada, una suerte de relación de causalidad entre el supuesto pinchazo que habría sufrido la ex trabajadora y la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), que tuvo la citada ciudadana y que derivó en la Infección por Retrovirus SIDA, que le causó la muerte.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación instaurado por la sociedad mercantil EQUIPOS UROLÓGICOS P.K., C.A., contra la sentencia de fecha 20 de enero del año 2015, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: CON LUGAR la acción de nulidad interpuesta por la referida empresa y en consecuencia, ANULA la Certificación N° 0110-13, de fecha 18 de octubre del año 2013, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Distrito Capital y Vargas (DIRESAT-DTO. CAPITAL y VARGAS) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
Palabras clave
nulidadaccidente de trabajoINPSASELcertificaciónrelación de causalidad