Sentencia N° 302 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de agosto de 2019

TSJ/SCS, Sent. N° 0302, Exp. 19-063, 13/08/2019
Expediente19-063
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Agraria
Fecha de la decisión2019-08-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano Luis José Gualdrón Aguilar contra el auto del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, que declaró inadmisible el recurso de casación. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos de procedibilidad del recurso de casación agrario, específicamente en relación a la cuantía de la demanda, que no fue expresada por la parte solicitante.

Extracto de la motiva

El auto que se debate formula en representación del anuncio de Casación Agrario el mismo está contenido en una Medida de protección el Ciudadano LUIS JOSÉ GUALDRON AGUILAR, sobre la producción agropecuaria desarrollada en el sector Mafralex Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes, y la que por decisión del 30 de noviembre de 2018 se ratifico la improcedencia de la misma hace mencionar del Voto Concurrente de la entonces Magistrada LUISA ESTELA MORALES LAMUÑO en la sentencia N°643 del 18 de mayo de 2012, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Analizando lo expuesto en el voto concurrente se puede evidenciar que el Recurso de Casación Agrario, resulta un elemento esencial de contenido de los derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución y que progresivamente se debe ir suprimiendo aquellos obstáculos que impidan el ejercicio de tales recursos, para que de esta manera se profundice la Tutela Judicial Efectiva, por lo que se debe poner tantas trabas al ejercicio de dicho recurso, sino los contenidos establecido en la ley.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho ejercido por la apoderado judicial de la parte actora ciudadano LUIS JOSÉ GUALDRON AGUILAR, contra el auto del 10 de diciembre de 2018, dictado por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. SEGUNDO: FIRME el auto recurrido.

Palabras clave

casaciónmedida cautelarderechos fundamentalestutela judicialproducción agropecuariaagricultura

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