Sentencia N° 301 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de abril de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0301, Exp. 12-244, 12/04/2012
Expediente12-244
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2012-04-12
DecisiónInadmisible

Resumen

En esta sentencia, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la co-demandada General Motors Venezolana, C.A. El tribunal analiza los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y concluye que el recurso no se ajusta a derecho, ya que no vulnera normas de orden público laboral ni la doctrina establecida por la Sala.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte recurrente, que el sentenciador de alzada infringió el artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto debió valorar las pruebas conforme a la sana crítica, es decir, debió aplicar criterios de lógica, máximas de experiencia y conocimientos científicos, atendiendo a la conducta de las partes y sin embargo, el juzgador valoró la documental promovida por la Cooperativa Gran Empeño, R.L., contentiva del acuerdo cooperativo suscrito entre esa Asociación y el actor, como un contrato laboral, aun cuando se evidencia del mismo, que en ningún momento la intención de las partes fue vincularse bajo relación de dependencia o laboralmente, sino a través de una relación cooperativa regida por un acuerdo cooperativo.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la co-demandada General Motors Venezolana, C.A., contra la sentencia de fecha 27 de enero del año 2012, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia. Publíquese y regístrese. Continúese con la tramitación del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora.

Palabras clave

control de la legalidadsentenciarecursoorden públicojurisdicción

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