Sentencia N° 300 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de julio de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 300, Exp. 23-068, 14/07/2023
Expediente23-068
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaProtección de Niños, Niñas y Adolescentes
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2023-07-14
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la ciudadana Aracelis Johana Torres Reyes en relación con el juicio de Privación de Patria Potestad instaurado por Ricardo Elías Barreto González. La Sala argumenta que no se cumplen los requisitos necesarios para la admisibilidad del avocamiento, destacando que las irregularidades alegadas no constituyen un grave desorden procesal ni escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que justifiquen la intervención del Tribunal Supremo.
Extracto de la motiva
motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada por la representación judicial de la ciudadana ARACELIS JOHANA TORRES REYES, respecto de la causa que cursa por motivo de Privación de Patria Potestad intentó el ciudadano RICARDO ELÍAS BARRETO GONZÁLEZ, en beneficio de los derechos e intereses del niño S.E.B.T (cuya identidad se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), ante el Tribunal Décimo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en el expediente principal signado con el alfanumérico llevado por ese Tribunal AP51-V-2022-012949P y cuaderno de medidas IAJuriss.com | Base de Datos Jurídi
Dispositiva
Se declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la representación judicial de la ciudadana Aracelis Johana Torres Reyes, respecto de la causa que cursa por motivo de Privación de Patria Potestad.
Palabras clave
avocamientoprivación de patria potestadprotección de niños