Sentencia N° 300 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de marzo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0300, Exp. 08-186, 13/03/2008
Expediente08-186
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-03-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de marzo de 2008, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Alexander Cristóbal Gallardo Rojas contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de Carabobo. La decisión recurrida había declarado sin lugar un recurso de hecho interpuesto por el demandante contra un auto de mero trámite que negó la apelación de una decisión anterior.

Extracto de la motiva

Como se aprecia, para que proceda la admisibilidad de dicho medio excepcional de impugnación, se debe cumplir con los requerimientos formulados en el dispositivo legal reproducido en el párrafo precedente, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social. Expuesto lo anterior, esta Sala de Casación Social pasa a estudiar el asunto: Observa la Sala, que la decisión que se recurre por la vía del control de la legalidad declara sin lugar el recurso de hecho interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra el auto de fecha 23 de noviembre de 2007, emitido por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, que negó la apelación interpuesta por el demandante contra el auto dictado en etapa de ejecución de sentencia, de fecha 19 de noviembre de 2007, mediante el cual el Juzgado A quo designa a dos expertos para la revisión de la experticia complementaria del fallo realizada por el Banco Central de Venezuela por considerar que el auto apelado es de mero trámite.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión emitida por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha 18 de diciembre de 2007. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Coordinación Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado de origen ya mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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